martes, 15 de julio de 2014

Negocios en la calle de la Pesquería

Pronto retomaré el relato que dejé a medias sobre mi investigación acerca de la importancia del culto a Santa Ana en Vitoria. No obstante, hoy me apetece 'picotear' un poco en otro viejo documento que tiene también mucho interés.

Ese documento se conserva en el Archivo Municipal; me refiero al Cuaderno de Ordenanzas de 1487. Su texto ha sido publicado y transcrito en diversas ocasiones, pero creo que no existe ninguna opción de leerlo on-line. Por eso, mi idea es ir desglosándolo poco a poco en varias entradas.

pescaderia
Pescadería de mediados del siglo XV según el tratado de salud 'Tacuinum Sanitatis'

Hoy sólo reproduciré el texto de las reglas que existían en la Vitoria medieval con respecto al comercio de la carne y el pescado. Las respectivas ordenanzas dicen así:

"Meryno pescado. Otro sy que nynguno de los dichos pescadores no sean/ osados de hechar la dicha agua en que asy fuere/ remojado el dicho pescado por la dicha calle de la Pes-/ querya ny por las callejas, so pena de sesenta maravedis/ por cada begada. La meytad para el acusador y la otra/ meytad para el meryno o regidor que la executare/ y que so la dicha pena nynguno no sea osado de/ hechar pescado ny sardina podrida dentro de la dicha/ çibdad./" 

"Peso del pescado. Otro sy mandamos que qualquyer ome o muger/ que quysiere bender pescado fresco, o salado o/ trachado que lo benda en la bylla de Suso, en la calle/ de la Pescaderya, a donde es usado y acostunbrado/ de antiguamente aca, de la calleja que deçiende/ de las carrnyçeryas, de la dicha villa de Suso por/ la otra parte de la calleja que deçienden a las/ pueblas e al açoque y que los tales thenederos e then-/ deras que en la dicha calle de la Pescaderya bibieren/ que sean obligados de abasteçer de pescado remo-/ jado e seco y congrio seco e sardinas arenques e myelgas / e pulpos y todos los otros pescados que podieren/ ser abydos en la comarca e los bendan y den a los/ preçios que bien bisto sea por los regidores, cada/ cosa por su preçio, segund por los dichos regidores/ seran puestos, so pena de çinquenta maravedis para/ los dichos regidores y alcaldes y qualquyer vezino/ o bezina de la dicha çibdad o estranjeros que/ bendieren fuera de la dicha calle de la dicha Pesca-/ derya pescado çeçial ny congrio çeçial ny pes-/ cado fresco nynguno ny salmones ny colaques/ ny meros ny otro pescado alguno si no en la dicha/ calle de la Pescaderya que pague en pena dozientos/ maravedis esta pena sea para los alcaldes y merynos/ de la dicha çibdad que los dichos pescadores/ que estubieren en la dicha calle de la Pescaderya/ tengan pesos buenos, afinados, por los dichos/ fieles del dicho conçejo."

"Pescado de Ryo. Otro sy porque antiguamente aca que memorya de/ homes no es en contraryo quel pescado de ryo es/ de bender a las puertas de Santa Marya de la dicha/ çibdad e no en otra parte, espeçialmente truchas/ e anguyllas e tencas e barbos. La lybra de peçes/ con barbos a (sic) y las truchas y anguyllas e/ tencas que las bendan lo mejor que podran a/ ojo. E si en otra parte lo bendiere que pierda el/ pescado, e que lo aya o sea del que ge (sic) lo tomare/ fuera de Santa Marya allandose que lo bende calla-/ damente e que en la casa que se allare que asy/ le bende que pague, en pena, veynte y quatro maravedis/ para los merynos./"

Como puede comprobarse gran parte de la actividad se desarrollaba en una misteriosa calle de Vitoria que llevaba el nombre de Calle de la Pesquería o de la Pescadería... ¿y cual era esa calle?.. ¡Tachán! Resulta que leyendo en otros documentos más recientes me enteré de que se trata de la actual Calle de Santa María. ¿No resulta llamativo que la calle central de la Villa de Suso, el equivalente a la antigua Calle Mayor, tenga como especialidad el comercio del pescado traído de mar? ¿Tan importante era? Esta cuestión resulta extremadamente sugerente,pero lo dejo para otro post.

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